martes, 8 de agosto de 2017
SUPERCOM cambia transitoria de la Ley de Comunicación
La Superintendencia de Comunicación (SUPERCOM) "generó un arreglo de un error" en la transitoria sexta de la Ley Orgánica de Comunicación, que fue aprobada por la Asamblea y que se publicó en el Registro Oficial, el 25 de junio de 2013. El segundo inciso de la transitoria sexta de la norma señala que la gradualidad para la difusión de los contenidos musicales se cumplirá según el "artículo 102, en el plazo de tres años a partir de la entrada en vigor de esta ley, empezando con el 20% en el primer año, 35% en el segundo y 50% en el tercero". Pero lo correcto es el artículo 103 sobre la "difusión de los contenidos musicales", pues el 102 se refiere al fomento de la producción nacional. La Superintendencia, dirigida por Carlos Ochoa, corrigió el número de este artículo, como consta en las leyes de bolsillo que se entregan en la matriz. La institución solicitó en abril pasado la impresión de 300.000 textos, a un costo de $ 86.240, según el portal de Compras Públicas. En ellos ya está modificada la transitoria sexta que expresa: La misma gradualidad se aplicará para la difusión de contenidos musicales que establece el artículo 103. El Universo, Año 95 No. 293 4 jul. 2016, p. 3
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